¿Cuánto pagas de seguridad social como independiente?
Sin IVA. Si tienes varios contratos, súmalos.
La clase la define el contratante. Trabajo de oficina es clase I.
Con ellos calculamos tu fecha límite de pago. No se guardan.
Planilla de septiembre
- Salud 12,5 %
- $250.000
- Pensión 16 %
- $320.000
- ARL clase I 0,522 %
- $10.500
- Parte de tu ingreso
- 11,6 %
Cómo se calcula la seguridad social de un independiente
El ingreso base de cotización (IBC) es el 40 % de tu ingreso mensual sin IVA, después de costos si trabajas por cuenta propia. No puede ser menor que un salario mínimo ($1.750.905 en 2026) ni mayor que 25.
Como independiente pagas tú toda la salud y toda la pensión: 12,5 % y 16 %. Desde cuatro salarios mínimos de IBC la pensión suma el Fondo de Solidaridad Pensional. Cada aporte se redondea al múltiplo de 100 superior, como lo hace la planilla.
Preguntas frecuentes
Sobre el 40 % de lo que recibe al mes, sin IVA. Con contrato de prestación de servicios, el 40 % del valor mensual del contrato; por cuenta propia, el 40 % de lo que queda después de los costos. Nunca menos de un salario mínimo ni más de 25.
Mes vencido: en cada mes pagas los aportes del mes anterior, el día hábil que te toca según los dos últimos dígitos de tu cédula (Decreto 1990 de 2016). Escríbelos arriba y te decimos la fecha.
Con un contrato de prestación de servicios de más de un mes, sí, y la clase de riesgo la define el contratante, que paga la ARL cuando es clase IV o V. Por cuenta propia, la ARL es voluntaria.
Es voluntaria para independientes: 2 % para todos los servicios o 0,6 % solo para recreación y capacitación. Esta calculadora no la incluye.
Se suman. Cotizas sobre el 40 % de lo que recibes en total al mes, con el mismo tope de 25 salarios mínimos.